EMPLEO NO REGISTRADO

¿Alguna vez Ud. ha trabajado en negro?. El trabajador en negro es INVISIBLE para el sistema. Los invisibles no tienen salario justo, no tienen vacaciones, no tienen aguinaldo, no tienen jornada limitada de trabajo, no tienen ART, no existen para la obra social ni para la seguridad social. Incluso para nuestro sindicato el trabajador en negro es INVISIBLE, pero NO POR ELLO INDIFERENTE, porque esta realidad nos duele.

A NIVEL GREMIAL la presencia de trabajadores en negro debilita la representación de TODOS LOS TRABAJADORES, como fuerza colectiva. El gremio pierde fuerza política, se desfinancia y dado que el sistema es solidario debe restringir los servicios que brinda al conjunto,
afectando también a la obra social. Así mismo para el ESTADO la existencia de trabajadores en negro tampoco es INDIFERENTE, porque implica un desfinanciamiento de la seguridad social y que, a la postre, ANSES no cuente con los fondos para otorgar las prestaciones a los trabajadores en actividad como así tampoco a los jubilados.


La problemática del empleo debe ser un eje central de acción, debe ser prioritaria para generar las bases del desarrollo económico y lograr la comunidad organizada. Claro está que el flagelo de la informalidad laboral no es nuevo, viene desde hace décadas, se ha convertido en un problema estructural y sin dudas se agravará y será uno de los mayores problemas a resolver en la pospandemia.


CAPITULO I – ¿TIENE SOLUCIÓN?.


Durante la pandemia se produjo una avalancha de normas que -indiscutiblemente arrasaron parte de las leyes vigentes, no obstante, necesitamos como gremio impulsar la creación de otras normas específicas que nos permitan contar con NUEVAS HERRAMIENTAS para combatir el empleo en negro. Sin dudas ello sólo será posible si existe VOLUNTAD POLÍTICA, pues la intervención del Estado es fundamental e indispensable para regularizar las relaciones laborales, como así también fortalecer la intervención de los sindicatos para combatir con más fuerza.
El ESTADO y los SINDICATO deben articular un plan de acción común.

 

CAPÍTULO II – A TODOS SEDUCE APROVECHAR LA OFERTA


Como primera propuesta, un buen punto de partida para atacar la precariedad actual es el BLANQUEO LABORAL, que tiene como fin lograr la inscripción de relaciones laborales que ya llevan años en negro, sin que ello genere la pérdida de puestos de trabajo. De cara a la pospandemia, Gabriel Esteban Monteiro, SECAB, septiembre 2020 – 2. No podemos dejar de soslayar que después de tantos años de empleo sin registro se generan deudas que se hacen impagables para el empleador y sería una buena opción por única vez seducir a los mismos para que inscriban a partir de la fecha la relación, reconozcan la antigüedad al trabajador para no afectar sus derechos, a cambio de condonarles las deudas y multas pertinentes.
Ello mismo se está haciendo actualmente con las moratorias de deudas impositivas pero creemos que deberían incluirse también la posibilidad de un blanqueo laboral, para obtener como resultado una mayor cantidad de empleados en blanco. Siendo indispensable trabajar con las cámaras empresariales a fin de fomentar el éxito de esta medida.


CAPÍTULO III – LOS PATRONES SON BUENOS, PERO SI SE LOS CONTROLA SON MEJORES


Entendemos que la inspección laboral es la herramienta primordial para detectar al empleado no registrado y contribuir a su regularización, por ello la segunda propuesta es REFORZAR la fiscalización por parte del Estado a través de campañas para detecta trabajadores en negro con la participación de los sindicatos -que contamos con nuestros propios inspectores y siendo que además somos quienes conocemos el campo de batalla.
Otra ventaja de la inspección es que al ser un tercero ajeno a la relación laboral (ESTADO o SINDICATO) quien reclama la registración, no se expone al trabajador a un conflicto y a la pérdida de su empleo, ya que si el patrón decide echarlo se expone a las multas que establezca la Autoridad Administrativa y a un juicio perdido ya que la relación laboral ya ha sido detectada “in situ “. Sería necesario que los sindicatos contaran con cierto poder de policía laboral que nos delegue el Ministerio de Trabajo, como ser permitir que las planillas de declaración jurada de personal puedan ser relevadas por los sindicatos en documentación oficial del Ministerio,
actuando en calidad de inspectores AD DOC, para que luego la autoridad administrativa ejerza su pleno poder de policía en virtud de regularizar la relación laboral.
Los sindicatos debemos reforzar la presencia gremial a través de las inspecciones para detectar el personal en negro haciendo de ello un objetivo en sí mismo e incluso dejando en segundo lugar el carácter recaudatorio que se le suele dar a las inspecciones. Si bien este trabajo
se hace a diario se podría hacer una campaña nacional para luchar contra el empleo en negro donde participen todos los sindicatos, dado que la precariedad en mayor o menor medida afecta todas las actividades.


CAPITULO IV – EL ARMA DEL TRABAJADOR PARA DEJAR DE SER INVISIBLE.


Sin dudas debemos articular un mecanismo que permita al trabajador denunciar de manera confidencial y reservada su situación de precariedad y clandestinidad laboral. Debemos dotarlo de herramientas para que pueda visibilizarse, generando una inspección por parte de la autoridad administrativa, de un modo que no ponga en riesgo su puesto laboral.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos define al empleo no registrado como “ aquel que sin ser ilícito en sí mismo, no está declarado a las autoridades que deberían tomar conocimiento “ Por ello, la tercera propuesta consiste en crear un procedimiento administrativo, de carácter reservado, mediante el cual el trabajador pueda cursar un telegrama laboral al Ministerio de Trabajo, denunciando con carácter de declaración jurada su situación de falta de registración laboral, con los mismos guarismos de la ley 24.013.
En esta instancia el Ministerio abrirá un expediente y podrá realizar la inspección con sus propios De cara a la pospandemia, Gabriel Esteban Monteiro, SECAB, septiembre 2020 – 3 inspectores o requerir al sindicato de la actividad que releve los datos actuando como funcionario AD DOC, constituido a los fines específicos de esa inspección cuyo objetivo es la
constatación de la declaración jurada hecha por el trabajador a la Autoridad Administrativa, para que luego el Ministerio de Trabajo pueda aplicar su pleno poder de policía en caso de incumplimiento, hasta poder lograr que se inscriba la relación laboral.

 

CAPÍTULO V – MEJOR QUE DECIR ES HACER, MEJOR QUE PROMETER ES REALIZAR


Creemos que tomando las medidas adecuadas se puede resolver este gran flagelo, los únicos requisitos son la voluntad política y la articulación de un plan de trabajo en común entre el Estado y los sindicatos, sumando ahora también al trabajador quien de manera independiente y directa podrá hacerse visible para reclamar sus derechos.
Así mismo es notorio que este es un momento político justo para enfrentar la batalla, dado que un gobierno peronista como el que tenemos seguramente se va a apalancar en el movimiento obrero, generando políticas de empleo que tiendan a la justicia social y a la creación de TRABAJO DECENTE.

 

EMPLEO-NO-REGISTRADO-Gabriel-Monteiro

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